Fecha de Publicación: 18/01/2019
Página: 23
Carilla: 23

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Artículo 6

   El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro del plazo de ciento veinte días desde su promulgación.

   Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 11 de diciembre de 2018.
   LUCÍA TOPOLANSKY, Presidente; JOSÉ PEDRO MONTERO, Secretario.

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
 MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

                                       Montevideo, 21 de Diciembre de 2018

   Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se declara de interés nacional el tratamiento de la fibromialgia.
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