MINISTERIO DE HACIENDA
Los libradores conservarán los talones de los cheques girados. Es esencial en los talones, a los efectos del artículo 18: A) El número del cheque. B) La fecha del libramiento. C) La cantidad girada, con designación de la especie de moneda. D) El nombre del tenedor cuando fuese girado a favor de determinada persona. E) La nota del cheque inutilizada cuando esto ocurra.Ayuda