FUNCIONARIOS MILITARES. TRIBUNAL EXTRAORDINARIO. RECLAMOS




Promulgación: 25/04/1946
Publicación: 02/05/1946
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1946
  •    Página: 513
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   El personal de tropa del Ejército y la Armada podrá ampararse a lo dispuesto en esta ley, pero sus beneficios sólo alcanzarán, en caso de hallarse fuera de servicios, a que se les declare retirados, con el sueldo íntegro actual del grado inmediato superior, acumulable a cualquier otra remuneración.
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