Ley N° 10726
FUNCIONARIOS MILITARES. TRIBUNAL EXTRAORDINARIO. RECLAMOS
Promulgación: 25/04/1946
Publicación: 02/05/1946
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 0
- Año: 1946
- Página: 513
Artículo 5
Las reclamaciones a que se refiere esta ley podrán ser interpuestas por los deudos de los militares fallecidos, a objeto de obtener sus beneficios.
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