FUNCIONARIOS DESTITUIDOS. TRIBUNAL EXTRAORDINARIO. FACULTADES. MODIFICACION DE IMPUESTO. SOCIEDADES ANONIMAS




Promulgación: 23/10/1946
Publicación: 29/10/1946
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1946
  •    Página: 1288
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   El impuesto del 1/4% a las sociedades anónimas, establecido por el artículo 10 de la citada ley, de 14 de setiembre de 1945, se abonará al inscribirse los estatutos en el Registro Público de Comercio, sobre la cantidad que motive la inscripción.
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