AUTORIZACION A I.N.V.E PARA ENAJENACION DE VIVIENDAS A SUS OCUPANTES. PUEBLO AGUAS CORRIENTES. CANELONES




Promulgación: 13/10/1959
Publicación: 19/10/1959
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1959
  •    Página: 1035

Artículo 4

   Los beneficiarios a que se refiere el inciso 1º del artículo 1º, una vez realizado el parcelamiento, podrán optar por la adquisición de predio
distinto al que ocupan, siempre que se encontrara libre.
   Si hay varios interesados en un mismo predio, la adjudicación se 
realizará por sorteo.
   El cambio de la parcela a adquirirse será preceptivo, cuando la
ocupada se encuentre en zona inundable.
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