OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MIGUEL BECERRO DE BENGOA




Promulgación: 17/05/1960
Publicación: 31/05/1960
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1960
  •    Página: 554

Artículo 1

   Auméntase hasta la suma de un mil pesos ($ 1.000.00) mensuales, la 
pensión graciable de pesos 600.00, que le fuera otorgada por ley N° 
11.955, de 30 de junio de 1953, al doctor Miguel Becerro de Bengoa, 
acumulable a la legal que pudiera corresponderle haciéndola trasmisible
en su totalidad, con sujeción a las normas contenidas en el artículo 55
de la ley N° 9.940, de 2 de julio de 1940, la que será atendida por 
Rentas Generales.

NARDONE - EDUARDO A. PONS - JUAN EDUARDO AZZINI
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