ARRENDAMIENTOS RURALES. PRORROGA DE REGIMEN DE ESTABILIZACION DE CONTRATOS Y JUICIOS DE DESALOJOS




Promulgación: 14/06/1960
Publicación: 24/06/1960
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1960
  •    Página: 659

Artículo 4

   Acuérdase un plazo de ciento ochenta días a partir del día siguiente a 
la fecha de la publicación de la presente ley, a los efectos de lo establecido en el capítulo I, de la ley N° 12.100, de 27 de abril de 
1954, en lo referente a la inscripción de contratos o denuncias de 
situaciones contractuales no documentadas.
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