MODIFICACION AL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL




Promulgación: 16/09/1961
Publicación: 11/10/1961
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1961
  •    Página: 1033
Ver vigencia: Código General del Proceso de 18/10/1988 artículo 94.

Artículo 2

   (Transitorio) No obstante lo dispuesto en el apartado 1.o del artículo
603 del Código de Procedimiento Civil, modificado por el artículo
anterior, en el término de suspensión de desalojos y lanzamientos,
dispuesto por el artículo 1.o de la ley N° 12.878, de 20 de junio de 1961, sólo se contarán días hábiles.

   Esta disposición tiene vigencia a partir del 20 de junio de 1961, 
fecha de promulgación de la ley interpretada.

(*)Notas:
Ver vigencia: Código General del Proceso de 18/10/1988 artículo 544.
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