PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1985 1990




Promulgación: 08/04/1986
Publicación: 21/04/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1986
  •    Página: 764
Referencias a toda la norma

SECCION VII
CAPITULO I - RECURSOS

Artículo 639

  Las alícuotas del Impuesto de Enseñanza Primaria serán las siguientes:

 Valor de   N$     4:000.001   a  N$  7:000.000        1,5 por mil
 Valor de   N$     7:000.001   a  N$ 30:000.000        2   por mil
 Valor de   N$    30:000.001   a  N$ 70:000.000        2,5 por mil
 Valor de   N$    70:000.001   en adelante             3   por mil

  Los valores que se indican corresponden a los valores reales de los
inmuebles determinados por la Dirección General del Catastro Nacional y
Administración de Inmuebles del Estado, vigentes al 1º de enero de 1991, y
se actualizarán mediante la determinación que fije el Poder Ejecutivo
respecto de dichos valores reales.  (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 16.320 de 01/11/1992 artículo 420.
Redacción dada anteriormente por: Ley Nº 15.903 de 10/11/1987 artículo 
368.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 15.903 de 10/11/1987 artículo 368, Ley Nº 15.809 de 08/04/1986 artículo 639.
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