CREACION DEL CONSEJO DE ECONOMIA NACIONAL




Promulgación: 26/12/2005
Publicación: 02/01/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 1627
Reglamentada por: Decreto Nº 299/006 de 29/08/2006.

Artículo 8

   (Régimen económico). Los miembros del Consejo de Economía Nacional
serán honorarios. Las organizaciones representadas en el mismo se harán
cargo de los gastos derivados de las asesorías u otras actividades que
contraten onerosamente.
   Los Poderes Legislativo y Ejecutivo proporcionarán los elementos
locativos, los recursos materiales y el personal para el funcionamiento
del Consejo.
   El Estado podrá incluir en el Presupuesto Nacional una partida para
remuneración de un secretario ejecutivo del Consejo de Economía Nacional.
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