APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2005




Promulgación: 24/10/2006
Publicación: 31/10/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 957
Referencias a toda la norma

SECCION VI - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA

Artículo 140

   Increméntase, a partir del 1º de enero de 2007, la partida anual
asignada por el artículo 457 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de
2001, a $ 11.002.967 (once millones dos mil novecientos sesenta y siete
pesos uruguayos), con destino al perfeccionamiento académico de los
cargos del escalafón VII, Defensa Pública, con dedicación exclusiva.
Ayuda