SECCION III - FUNCIONARIOS CAPITULO 2 - ESTRUCTURAS
Artículo 60
Créanse en el Inciso 04 "Ministerio del Interior", programa 001
"Administración", unidad ejecutora 001 "Secretaría del Ministerio del
Interior", en el escalafón "L" Policial, los siguientes cargos a
financiarse con Rentas Generales:
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Ley Nº 18.046 de
24/10/2006.