Sustitúyese el numeral 16´) del artículo 1º del Título 11 del Texto Ordenado de 1996, y renumérase como numeral 17) del mismo artículo del presente Título por el siguiente: (*)
Renumérase el numeral 16") del artículo 1º del Título 11 del Texto
Ordenado de 1996, como numeral 18) del mismo artículo del presente
Título. (*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: T.O. 1996 (DGI) de 28/08/1996
artículos 1 - Título 11 numeral 11) y 1 - Título 11 numerales 6º) y 17)
-anterior numeral 16´-.
Además, este artículo agregó a: T.O. 1996 (DGI) de 28/08/1996 artículo 1 -
Título 11 numeral 19).
Ver en esta norma, artículo:113 (vigencia).