LEY DE COOPERATIVAS. REGULACION, CONSTITUCION, ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO




Promulgación: 24/10/2008
Publicación: 14/11/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 2032
Reglamentada por:
      Decreto Nº 113/022 de 07/04/2022,
      Decreto Nº 208/020 de 23/07/2020,
      Decreto Nº 183/018 de 15/06/2018,
      Decreto Nº 198/012 Derogada/o de 18/06/2012.
Referencias a toda la norma

SECCION III - DE LOS USUARIOS

Artículo 135

 (Documento de uso y goce).- Cuando se trate de unidades cooperativas de usuarios la cooperativa suscribirá, en ejercicio del acto cooperativo, 
con cada uno de los socios adjudicatarios y con carácter previo a la adjudicación de las respectivas viviendas un 'documento de uso y goce', que tendrá una duración indefinida mientras las partes cumplan con sus obligaciones.
El 'documento de uso y goce' se otorgará en instrumento público o privado con certificación notarial de su otorgamiento y suscripción. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 19.181 de 29/12/2013 artículo 1.
Ver en esta norma, artículo: 215.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 18.407 de 24/10/2008 artículo 135.
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