(Del criterio de cooptación para la integración a la Academia).- Los
académicos de número podrán proponer la integración de nuevos miembros al
Consejo Directivo, el que resolverá acerca de la pertinencia de iniciar el
proceso de evaluación y análisis detallado de los antecedentes.
El ingreso de nuevos académicos deberá ser aprobado por cuatro quintos de
los miembros de número luego del análisis de los antecedentes y
presentación fundada de los mismos ante el plenario de la Academia.