(De los cometidos de la Academia Nacional de Ciencias de la República
Oriental del Uruguay).- La Academia Nacional de Ciencias de la República
Oriental del Uruguay procurará el fomento y desarrollo de la actividad
científica, tecnológica y de innovación.
Con dicho propósito y sin que la enumeración siguiente sea taxativa, podrá
expedirse en temas de política científica y de estímulo a la investigación
científica, tecnológica y de innovación, tanto en el ámbito nacional como
en el de la integración internacional.
Brindará el asesoramiento que acuerde, realizando los estudios e
investigaciones que le fueren requeridos directamente o mediante comités
técnicos consultivos.
Realizará actividades de divulgación y difusión científica, organizando
seminarios talleres o foros, patrocinando la publicación de libros y otros
medios apropiados a estos fines.
Establecerá y otorgará premios y otros estímulos a la investigación.
Se constituirá en un canal para facilitar diálogos transversales entre las
ciencias, impulsando la conformación de una comunidad científica sólida y
coherente.
Prestará su cooperación para conseguir el mejor nivel en la enseñanza de
las ciencias en todas las ramas de la educación.
Mantendrá vínculos con instituciones nacionales y extranjeras que tengan
fines análogos, facilitando la integración e impacto de las actividades de
ciencia y tecnología nacionales a nivel regional e internacional.