CREACION DEL COLEGIO MEDICO DEL URUGUAY




Promulgación: 18/09/2009
Publicación: 16/10/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 804
Reglamentada por: Decreto Nº 83/010 de 25/02/2010.

CAPITULO IV
CODIGO DE ETICA MEDICA

Artículo 18

 Una vez aprobado el Código de Etica Médica de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 12, 13, 14, 15, 16 y 17 de la presente ley, el Colegio
Médico del Uruguay lo enviará al Poder Ejecutivo para que éste remita el
proyecto de ley correspondiente al Poder Legislativo.
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