El estado de emergencia sanitaria a que hace referencia el artículo 1° de
esta ley regirá desde su promulgación y por el término de 120 (ciento
veinte) días. La presente ley entrará en vigencia a partir de su
promulgación por el Poder Ejecutivo. (*)
(*)Notas:
Ver vigencia: Ley Nº 18.758 de 07/06/2011 artículo 1.