INCORPORACION DE NUEVOS AFILIADOS AL SEGURO NACIONAL DE SALUD




Promulgación: 07/01/2011
Publicación: 25/01/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2011
  •    Página: 67
Reglamentada por:
      Decreto Nº 149/012 de 08/05/2012,
      Decreto Nº 221/011 de 27/06/2011.
Referencias a toda la norma

CAPITULO V - DISPOSICION FINAL Y DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo 31

 Las remisiones realizadas en el Impuesto a las Rentas de las Personas
Físicas (IRPF) a las Cajas de Auxilio o Seguros Convencionales
comprendidas en el Decreto-Ley N° 14.407, de 22 de julio de 1975, se
considerarán extensivas a sus modificativas y concordantes.
A los efectos de las deducciones establecidas por el literal B) del
artículo 38, Título 7 del Texto Ordenado 1996, a partir del 1° de julio de
2011, solamente se computarán los aportes a las cajas de auxilio o seguros
convencionales realizados de conformidad con el régimen de aportación
gradual al Fondo Nacional de Salud previsto en el artículo 24 de la
presente ley.
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