CREACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL DE ACREDITACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN TERCIARIA (INAEET) CAPÍTULO II - DEFINICIONES Y DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 17
(Procedimiento y vigencia).- El INAEET establecerá los períodos y requisitos para la presentación de las solicitudes de acreditación. Las convocatorias serán públicas y con la debida antelación.
La acreditación se otorgará por plazos de hasta seis años.