MODIFICACION DE LA RESOLUCION 798/2012, QUE REGULA EL REGIMEN DE DOCUMENTACION FISCAL ELECTRONICA




Promulgación: 05/07/2023
Publicación: 06/07/2023
Sección: Ultimo Momento
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

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   Las constancias requeridas en el primer y segundo inciso del artículo
   158 del Decreto N° 220/998 de 12 de agosto de 1998, deberán incluirse
   respectivamente, en la zona "Encabezado" y en la zona "Detalle de
   productos o servicios", de los comprobantes fiscales electrónicos.

   A los efectos de establecer la constancia requerida en el literal a)
   del segundo inciso de la norma antes referida, deberá consignarse la
   leyenda "Artículo 29 Decreto N° 220/998".

   Respecto al literal b) del segundo inciso de dicha norma, se deberá
   consignar el numeral del artículo 34 del Decreto N° 220/998, que
   corresponda. 
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