INCLUSION DE LOS USUARIOS DESARROLLADORES Y TERCEROS NO USUARIOS ASI COMO CONTRIBUYENTES QUE REALIZAN ACTIVIDADES DE COBRANZA DE CARTERAS MOROSAS A USUARIOS DE ZONAS FRANCAS EN EL REGIMEN DE COMPROBANTES FISCALES ELECTRONICOS
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
11
Transitorio.- Los usuarios de zona franca dispondrán de plazo hasta el 14 de junio de 2019 para dar cumplimiento a lo establecido en los numerales 8°, 9° y 10° de la presente resolución, respecto de las actividades comprendidas en los mismos que hubieran sido desarrolladas en forma previa a la publicación de esta norma. (*)