Aprobado/a por: Resolución Nº 357/024 de 01/07/2024.
Artículo 10.- La reglamentación que se aprueba en el numeral 9°, sustituye en su totalidad a la Enmienda 7, Segunda Edición, Marzo 2022, LAR 147, aprobada por Resolución N°505-2023 de 07 setiembre de 2023. (*)
(*)Notas:
Ver Reglamento sustituído: Resolución DINACIA Nº 505/023 de 07/09/2023 artículo 14.Ayuda