Fecha de Publicación: 05/07/2021
Página: 3
Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                               Resolución S/n

Incorpórase a la Nomenclatura Común del MERCOSUR estructurada a diez dígitos con su correspondiente régimen arancelario, los ítems que se determinan.
(2.366*R)

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
   003157

                                           Montevideo, 28 de Junio de 2021

   VISTO: el Decreto N° 126/021, de 4 de mayo de 2021, y la Resolución Ministerial N° 5043, de 27 diciembre de 2016;

   RESULTANDO: I) que el referido Decreto incorporó al ordenamiento jurídico nacional las Resoluciones del Grupo Mercado Común N° 12/20 y N° 13/20 que modificaron la Nomenclatura Común del Mercosur y su correspondiente Arancel Externo Común:

   II) que la Resolución Ministerial N° 5043, de 27 de diciembre de 2016, sustituyó la nomenclatura nacional de Uruguay estructurada a diez dígitos con su correspondiente régimen arancelario;

   III) que para la efectiva implementación aduanera de lo estipulado en la norma referida en el Visto es conveniente realizar modificaciones en la nomenclatura nacional estructurada a diez dígitos y su correspondiente régimen arancelario;

   CONSIDERANDO: que corresponde, en consecuencia, ajustar el Anexo de la Resolución N° 5043 de esta Secretaría de Estado, de 27 de diciembre de 2016, de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 126/021, de 4 de mayo de 2021;

   ATENTO: a lo expuesto;

                    LA MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                RESUELVE:

1

   Incorpórase a la Nomenclatura Común del Mercosur estructurada a diez dígitos con su correspondiente régimen arancelario, aprobada por la Resolución Ministerial N° 5043, de 27 de diciembre de 2016, el contenido del Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Resolución.


		
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