MODIFICACION DE LA NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR




Promulgación: 28/02/2020
Publicación: 09/03/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el Decreto N° 37/020 de 7 de febrero de 2020 y la Resolución Ministerial N° 5043 de 27 de diciembre de 2016.

   RESULTANDO: I) que el referido Decreto modificó la Lista de Bienes de Capital, establecida por el literal B) del artículo 4° y el Anexo IV del Decreto N° 410/016 de 26 de diciembre de 2016.

   II) que la Resolución Ministerial N° 5043 de 27 de diciembre de 2016, sustituyó la nomenclatura nacional de Uruguay estructurada a diez dígitos con su correspondiente régimen arancelario.

   III) que para la efectiva implementación aduanera de lo estipulado en el referido Decreto, es conveniente realizar modificaciones en la nomenclatura nacional estructurada a diez dígitos y su correspondiente régimen arancelario.

   CONSIDERANDO: que corresponde, en consecuencia, ajustar el Anexo de la Resolución N° 5043 de esta Secretaría de Estado de 27 de diciembre de 2016, de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 37/020 de 7 de febrero de 2020.

   ATENTO: a lo expuesto,

                    EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                RESUELVE:

1

   Incorporar a la Nomenclatura Común del Mercosur estructurada a diez dígitos con su correspondiente régimen arancelario, aprobada por la Resolución Ministerial N° 5043 de 27 de diciembre de 2016, el contenido del Anexo (*) que se adjunta y forma parte de la presente Resolución.

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

2

   Comuníquese a la Dirección Nacional de Aduanas a través de la casilla clasificación@aduanas.gub.uy; publíquese y archívese,

   DANILO ASTORI
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