El beneficio referido en el presente capítulo será de libre
disponibilidad para cada productor, y entregado en efectivo y directamente
al mismo.
CAPITULO III
De la asistencia crediticia para productores remitentes a plantas
industrializadoras y queseros artesanales
Los productores beneficiarios definidos en el numeral 5 de esta resolución
podrán acceder al apoyo crediticio de acuerdo a los siguientes criterios: