COMERCIO EXTERIOR. EXPORTACIONES




Promulgación: 26/11/1979
Publicación: 30/01/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 1650

2

   Fijar un valor de reintegro del veinte por ciento (20%) sobre el valor
FOB de exportación del producto denominado "Tejido de fibras textiles
sintéticas discontinuas mezcladas con lanas nacionales" (NADE 56.07.02.XX.02), que regirá a partir del 25 de julio de 1979 hasta el 30
de setiembre de 1979.
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