SALUD PUBLICA - INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MEDICA COLECTIVA




Promulgación: 06/06/1983
Publicación: 07/07/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1983
  •    Página: 816

7

     El Ministerio de Salud Pública, dispondrá de un plazo de sesenta
(60) días a los efectos de pronunciarse respecto de la solicitud de fusión
o absorción que se formula, contados a partir del día siguiente a la
presentación de la solicitud acompañada de la documentación completa,
transcurrido, el cual sin un  pronunciamiento expreso, se considerará
automáticamente aprobado el procedimiento.
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