SALUD PUBLICA. INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MEDICA COLECTIVA




Promulgación: 31/08/1983
Publicación: 29/09/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1983
  •    Página: 344

19

  Dentro de los 120 días siguientes a la notificación de la factibilidad,
la Institución deberá dar cumplimiento a los requisitos que se establecen
en la presente resolución, a fin de obtener la correspondiente
habilitación. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 20.
Referencias al numeral
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