REVOCACION DE LAS ORDENANZAS 882 Y 888 Y APROBACION DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO ABREVIADO PARA RESPONDER PETICIONES PRESENTADAS ANTE EL MSP
POR SUMINISTRO DE DETERMINADOS MEDICAMENTOS O DISPOSITIVOS TERAPEUTICOS
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
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En caso de que la petición sea resuelta en forma favorable para el
peticionante, es responsabilidad del prestador realizar, a su cargo,
el seguimiento clínico y paraclínico de su usuario, en forma oportuna
y de acuerdo a las recomendaciones de las guías nacionales y/o
internacionales, conforme a lo establecido en el Anexo I.