Comuníquese, etc.
BORDABERRY - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - ADOLFO CARDOSO GUANI
COMISION DE PRODUCTIVIDAD, PRECIOS E INGRESOS
RESOLUCION ORDINARIA 538
Normas sobre la responsabilidad de comunicación de niveles de precios
máximos, entre las distintas etapas de industrialización y
comercialización.
Visto: las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo tendientes a un
más eficaz contralor de precios.
Considerando: que la resolución ordinaria 72 prevé parcialmente soluciones para un mejor conocimiento de los precios de venta de bienes y
servicios, que se entiende necesario complementar para el logro del propósito perseguido, en las distintas etapas de comercialización.
Atento: a lo dispuesto por el artículo 3º, inciso d) de la ley 13.720, de 16 de diciembre de 1968,
La Comisión de Productividad, Precios e Ingresos
RESUELVE:
1º Cuando esta Comisión fije precios máximos en las distintas etapas
de comercialización, incluso para la venta al público, las normas regirán
para todos aquellos que vendan el artículo o producto de que se trate.
2º Los industriales, fabricantes, importadores, distribuidores,
comerciantes, mayoristas y cualquier otro tipo de intermediario, deberán
notificar en forma documentada a la etapa siguiente, y bajo su
responsabilidad, los distintos precios máximos de las sucesivas etapas de
comercialización.
3º Derógase la resolución ordinaria 72, de esta Comisión.
4º Elévese al Poder Ejecutivo. Doctor OSVALDO SANCHEZ MARQUEZ, Presidente.