PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 227/022
Homológanse los convenios colectivos para el personal del Centro de Navegación Transatlántico y empresas asociadas.
(4.161*R)
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Montevideo, 5 de Octubre de 2022
VISTO: la solicitud de homologación de convenios colectivos presentada por el Fondo de Ayuda Social para el personal del Centro de Navegación y empresas asociadas (FAS);
RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo N° 615/018, de 26 de noviembre de 2018, se aprobó el proyecto de modificación del Estatuto presentado por el Fondo de Ayuda Social para el Personal del Centro de Navegación y empresas asociadas (FAS);
II) que el artículo 22 del citado Estatuto prevé la incorporación de empresas que no hayan suscrito inicialmente el convenio colectivo siempre que se cumplan las condiciones de: a) ser integrante del Centro de Navegación; b) formular convenio colectivo entre la empresa y su personal, c) voto conforme de la mayoría de los miembros del Consejo Directivo, d) la efectividad de la incorporación quedará sujeta a la condición suspensiva de la aprobación del convenio colectivo por parte del Poder Ejecutivo de acuerdo a lo establecido en el último inciso del artículo 41 del Decreto-Ley N° 14.407, de 22 de julio de 1975, en la redacción dada por el artículo 17 de la Ley N° 18.731, de 7 de enero de 2011;
III) que se suscribieron los Convenios Colectivos que se detallan a continuación: Convenio Colectivo de fecha 27 de octubre de 2020 entre Orbiplus S.A., Centro de Navegación y empresas asociadas (FAS) y Sindicato Único de Portuarios y Ramas Afines (SUPRA), Convenio Colectivo de fecha 30 de octubre de 2020 entre Factoril S.A., Centro de Navegación y empresas asociadas (FAS) y Sindicato Único del Transporte de Carga y Ramas Afines (SUCTRA), Convenio Colectivo de fecha 8 de octubre de 2020 entre Gadupal S.A. (Ceva Logistics Uruguay), Centro de Navegación y empresas asociadas (FAS) y Sindicato Único del Transporte de Carga y Ramas Afines (SUCTRA) y Convenio Colectivo de fecha 30 de octubre de 2020 entre Frigorífico Frutero S.A., Centro de Navegación y empresas asociadas (FAS) y Sindicato Único del Transporte de Carga y Ramas Afines (SUCTRA) mediante los cuales se acuerda la incorporación al Fondo de Ayuda Social para el personal del Centro de Navegación y empresas asociadas (FAS) estableciéndose los aportes correspondientes;
IV) que, del informe de la asesoría letrada de la Dirección Nacional de Seguridad Social, de fecha 28 de diciembre de 2020, surge que se ha dado cumplimiento a todos los requisitos dispuestos por el artículo 22 del citado Estatuto;
CONSIDERANDO: I) que el artículo 41 del Decreto-Ley N° 14.407, de 22 de julio de 1975, en la redacción dada por el artículo 17 de la Ley N° 18.731, de 7 de enero de 2011, establece que se podrán constituir cajas de auxilio o seguros convencionales de enfermedad por convenio colectivo y que dicho convenio deberá presentarse ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, acompañado de un estudio técnico que demuestre la viabilidad financiera del seguro convencional para su homologación por el Poder Ejecutivo;
II) que el artículo 32 del Decreto N° 221/011 de 27 de junio de 2011, establece que una vez homologado el convenio colectivo por el Poder Ejecutivo, registrado ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y publicado en el Diario Oficial será de aplicación obligatoria para todos los empleadores y trabajadores del nivel de negociación respectivo;
III) que el artículo 22 del Estatuto del Fondo de Ayuda Social para el personal del Centro de Navegación y empresas asociadas (FAS) establece las formalidades para nuevas incorporaciones a dicha entidad;
IV) que ajustándose a las previsiones legales y reglamentaciones corresponde homologar los Convenios Colectivos presentados;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a las previsiones del artículo 22 del Estatuto del Fondo de Ayuda Social para el Personal del Centro de Navegación y empresas asociadas (FAS) así como del artículo 41 del Decreto-Ley N° 14.407, de 22 de julio de 1975, en la redacción dada por el artículo 17 de la Ley N° 18.731, de 7 de enero de 2011 y del artículo 32 del Decreto N° 221/011, de 27 de junio de 2011;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
Homológanse los convenios colectivos por los cuales el personal de las empresas GADUPAL S.A. (CEVA LOGISTICS URUGUAY), FRIGORÍFICO FRUTERO S.A., FACTORIL S.A. Y ORBIPLUS S.A. se incorporan al FONDO DE AYUDA SOCIAL PARA EL PERSONAL DEL CENTRO DE NAVEGACIÓN Y EMPRESAS ASOCIADAS (FAS).