Fecha de Publicación: 09/07/1991
Página: 48-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

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   Deléganse las atribuciones de ordenador primario del Poder Ejecutivo, con el límite de 8 veces el máximo de las licitaciones abreviadas comunes
en:

a) Los Directores del Servicio de Intendencia del Ejército, del Servicio  
   de Sanidad de las Fuerzas Armadas y de la Dirección General de  
   Infraestructura Aeronáutica y los Jefes de los Servicios de  
   Aprovisionamiento de la Armada y Suministros de la Fuerza Aérea;
b) El Director de la Dirección Nacional de Sanidad Policial;
c) El Director General de Secretaría del Ministerio de Economía y  
   Finanzas;
d) Los Directores Generales de Servicios Agronómicos y de Servicios  
   Veterinarios del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca;
e) Los Directores de las Direcciones Nacionales de Vialidad y de  
   Arquitectura del Ministerio de Transporte y Obras Públicas;
f) La Comisión Nacional de Educación Física del Ministerio de Educación y
   Cultura;
g) El Director del Instituto Nacional de Alimentación del Ministerio de
   de Trabajo y Seguridad Social.
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