AUTORIZACION PARA TRANSFERENCIA DE EXPLOTACION DE ESTACION TERRENO DEL SERVICIO FIJO POR SATELITE. FERLUS S.A. EJEMIL S.A.




Promulgación: 14/08/2001
Publicación: 21/08/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 408
VISTO: estas actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora de Servicios 
de Comunicaciones, da cuenta de la gestión realizada por "FERLUS S.A.", 
solicitando autorización para proceder a la cesión a favor de "EJEMIL 
S.A.", de todos los derechos y obligaciones emergentes de las 
Resoluciones del Poder Ejecutivo 188/000 de 22 de febrero de 2000 y de la 
Dirección Nacional de Comunicaciones 189/000 de 24 de julio de 2000.-

RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 188/000 
precitada, se autorizó a "FERLUS S.A.", para actuar como proveedor 
comercial y en competencia de acceso a facilidades satelitales, para el 
establecimiento de telecomunicaciones de carácter nacional e 
internacional con excepción de los servicios de telefonía y radiodifusión 
en sus diversas modalidades, destinadas exclusivamente a la interconexión 
de un sistema con el "backbone" de Internet.-

II) que por la Resolución de la Dirección Nacional de Comunicaciones 
189/000 citada, se autorizó a la empresa gestionante, la instalación y 
operación de una estación terrena fija con el objeto de actuar como 
proveedor comercial de acceso a facilidades satelitales por un plazo de 5 
(cinco) años.-

CONSIDERANDO: I) que "FERLUS S.A.", ha dado cumplimiento con las 
condiciones administrativas dispuestas por las Resoluciones anteriormente 
mencionadas, previo a la instalación, depósito de garantía, pago de 
autorización, depósito de tarifas y presentación de proyecto técnico.-

II) que la cesionaria deberá otorgar las mismas seguridades de 
cumplimiento, que otorgare la cedente oportunamente.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el Decreto-Ley 
15.671 de 8 de noviembre de 1984 en los artículos 70 a 99 de la Ley 
17.296 de 21 de febrero de 2001 y a lo informado por la Unidad Reguladora 
de Servicios de Comunicaciones y por la Asesoría Letrada del Ministerio 
de Defensa Nacional.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,                      
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 Autorízase a "FERLUS S.A.", la cesión a favor de "EJEMIL S.A." de todos 
los derechos y obligaciones emergentes de las Resoluciones del Poder 
Ejecutivo 188/000 de 22 de febrero de 2000 y de la Dirección Nacional de 
Comunicaciones 189/000 de 24 de julio de 2000.-

2

 Procédase por "EJEMIL S.A.", a la constitución de garantía de 
cumplimiento de proyecto, por un monto de U$S 25.000 (dólares 
estadounidenses veinticinco mil), de acuerdo a lo previsto por el numeral 
3ro. de la Resolución de la Dirección Nacional de Comunicaciones 189/000 
de 24 de julio de 2000, en un plazo de 10 días y por igual término, 
sustituyendo la constituída en igual forma por "FERLUS S.A.", la que 
quedará liberada.-

3

 Comuníquese y publíquese. Cumplido, archívese.-

BATLLE - LUIS BREZZO


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