Procédase por "EJEMIL S.A.", a la constitución de garantía de
cumplimiento de proyecto, por un monto de U$S 25.000 (dólares
estadounidenses veinticinco mil), de acuerdo a lo previsto por el numeral
3ro. de la Resolución de la Dirección Nacional de Comunicaciones 189/000
de 24 de julio de 2000, en un plazo de 10 días y por igual término,
sustituyendo la constituída en igual forma por "FERLUS S.A.", la que
quedará liberada.-