Establécese que si en la práctica la estación de referencia produjera
interferencias perjudiciales a otros servicios radioeléctricos ya
instalados y en particular al Canal 6 de Televisión de la ciudad de
Colonia adjudicado al SODRE, dicha emisora deberá cesar de inmediato las
transmisiones y tomar las medidas necesarias para su eliminación, de
persistir éstas deberá reducir su potencia a los parámetros autorizados
por la Resolución del Poder Ejecutivo 596/984 de 11 de julio de 1984.