Comuníquese y siga a la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas a fin de proceder a la intervención contable del caso; fecho siga al Contador Central delegado por la Contaduría General de la Nación y al Contador Auditor del Tribunal de Cuentas de la República, destacados en dicha Secretaría de Estado para su intervención. Cumplido, vuelva a la citada Unidad Ejecutora para notificación de los interesados, proceder según lo establece el Decreto N° 526/003 de fecha 18 de diciembre de 2003 y demás efectos.