MEDIOS DE COMUNICACION. RADIOCOMUNICACIONES. SUPERMERCADOS DISCO DEL URUGUAY S.A.




Promulgación: 18/02/2003
Publicación: 26/02/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2003
  •    Página: 286
VISTO: estas actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora de Servicios 
de Comunicaciones (URSEC) solicita se le aplique a la empresa 
"SUPERMERCADOS DISCO DEL URUGUAY S.A.", una multa consistente en 30 U.R. 
(treinta Unidades Reajustables), por operar un sistema de 
radiocomunicaciones en condiciones diferentes a las que fueran 
autorizadas.-

CONSIDERANDO: I) que en el procedimiento inspectivo realizado por 
funcionarios de la Dirección Nacional de Comunicaciones el 5 de octubre 
de 2000 en el Centro Comercial "Geant" ubicado en el Parque Roosevelt, 
departamento de Canelones, se verificó que en el mismo se operaba con un 
sistema de radiocomunicaciones autorizado a SUPERMERCADOS DISCO DEL 
URUGUAY S.A. y operados por la firma ODALER S.A. sin la previa 
autorización de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones 
(URSEC).-

II) que se le otorgó a la empresa citada la vista prevista por el 
artículo 76 del Decreto 500/991, la cual fue evacuada, no aportando 
suficientes elementos probatorios que la eximan de responsabilidad.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley 17.296 
de 21 de febrero de 2001, a lo informado por la Unidad Reguladora de 
Servicios de Comunicaciones (URSEC) y lo dictaminado por las Asesorías 
Letradas de la Unidad Reguladora citada y del Ministerio de Defensa 
Nacional.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 Aplícase a la empresa "SUPERMERCADOS DISCO DEL URUGUAY S.A.", una multa 
consistente en 30 U.R. (treinta Unidades Reajustables), por operar un 
sistema de radiocomunicaciones en condiciones diferentes a las que fueran 
autorizadas.-

2

 Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de 
Comunicaciones (URSEC), a sus efectos. Cumplido, archívese.-

BATLLE - YAMANDU FAU

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