VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora de
Servicios de Comunicaciones da cuenta de la solicitud presentada por la
empresa "NAHUELSAT S.A.", para que se le autorice la prestación de
facilidades satelitales a través de su red de satélites
geoestacionarios.-
RESULTANDO: que la Unidad de referencia se encuentra abocada al diseño
integral del Marco Regulatorio que habrá de incluir el régimen de
otorgamiento de licencias, así como las obligaciones de carácter
económico, técnico y operativo a las que estarán sujetos los operadores y
prestadores de servicios de comunicaciones.-
CONSIDERANDO: que sin perjuicio de la elaboración de las normas que
compondrán el Marco Regulatorio en materia de telecomunicaciones, resulta
conveniente autorizar a la empresa "NAHUELSAT S.A." la provisión del
servicio mencionado en el VISTO de la presente Resolución.-
ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo establecido en la Ley 17.296
de fecha 21 de febrero de 2001, a lo informado por la Unidad Reguladora
de Servicios de Comunicaciones y por la Asesoría Letrada de la misma.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Autorízase a la empresa "NAHUELSAT S.A.", en carácter precario y
revocable, la provisión de facilidades satelitales a través de su red de
satélites geoestacionarios, previo permiso otorgado por parte de la
Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones a los satélites que
radien señales sobre el territorio nacional.-