HOMOLOGACION DE CONVENIOS COLECTIVOS DEL PERSONAL DEL CENTRO DE NAVEGACION TRANSATLANTICO Y EMPRESAS ASOCIADAS




Promulgación: 05/10/2022
Publicación: 19/10/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la solicitud de homologación de convenios colectivos presentada por el Fondo de Ayuda Social para el personal del Centro de Navegación y empresas asociadas (FAS);

   RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo N° 615/018, de 26 de noviembre de 2018, se aprobó el proyecto de modificación del Estatuto presentado por el Fondo de Ayuda Social para el Personal del Centro de Navegación y empresas asociadas (FAS);

   II) que el artículo 22 del citado Estatuto prevé la incorporación de empresas que no hayan suscrito inicialmente el convenio colectivo siempre que se cumplan las condiciones de: a) ser integrante del Centro de Navegación; b) formular convenio colectivo entre la empresa y su personal, c) voto conforme de la mayoría de los miembros del Consejo Directivo, d) la efectividad de la incorporación quedará sujeta a la condición suspensiva de la aprobación del convenio colectivo por parte del Poder Ejecutivo de acuerdo a lo establecido en el último inciso del artículo 41 del Decreto-Ley N° 14.407, de 22 de julio de 1975, en la redacción dada por el artículo 17 de la Ley N° 18.731, de 7 de enero de 2011;

   III) que se suscribieron los Convenios Colectivos que se detallan a continuación: Convenio Colectivo de fecha 27 de octubre de 2020 entre Orbiplus S.A., Centro de Navegación y empresas asociadas (FAS) y Sindicato Único de Portuarios y Ramas Afines (SUPRA), Convenio Colectivo de fecha 30 de octubre de 2020 entre Factoril S.A., Centro de Navegación y empresas asociadas (FAS) y Sindicato Único del Transporte de Carga y Ramas Afines (SUCTRA), Convenio Colectivo de fecha 8 de octubre de 2020 entre Gadupal S.A. (Ceva Logistics Uruguay), Centro de Navegación y empresas asociadas (FAS) y Sindicato Único del Transporte de Carga y Ramas Afines (SUCTRA) y Convenio Colectivo de fecha 30 de octubre de 2020 entre Frigorífico Frutero S.A., Centro de Navegación y empresas asociadas (FAS) y Sindicato Único del Transporte de Carga y Ramas Afines (SUCTRA) mediante los cuales se acuerda la incorporación al Fondo de Ayuda Social para el personal del Centro de Navegación y empresas asociadas (FAS) estableciéndose los aportes correspondientes;

   IV) que, del informe de la asesoría letrada de la Dirección Nacional de Seguridad Social, de fecha 28 de diciembre de 2020, surge que se ha dado cumplimiento a todos los requisitos dispuestos por el artículo 22 del citado Estatuto;

   CONSIDERANDO: I) que el artículo 41 del Decreto-Ley N° 14.407, de 22 de julio de 1975, en la redacción dada por el artículo 17 de la Ley N° 18.731, de 7 de enero de 2011, establece que se podrán constituir cajas de auxilio o seguros convencionales de enfermedad por convenio colectivo y que dicho convenio deberá presentarse ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, acompañado de un estudio técnico que demuestre la viabilidad financiera del seguro convencional para su homologación por el Poder Ejecutivo;

   II) que el artículo 32 del Decreto N° 221/011 de 27 de junio de 2011, establece que una vez homologado el convenio colectivo por el Poder Ejecutivo, registrado ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y publicado en el Diario Oficial será de aplicación obligatoria para todos los empleadores y trabajadores del nivel de negociación respectivo;

   III) que el artículo 22 del Estatuto del Fondo de Ayuda Social para el personal del Centro de Navegación y empresas asociadas (FAS) establece las formalidades para nuevas incorporaciones a dicha entidad;

   IV) que ajustándose a las previsiones legales y reglamentaciones corresponde homologar los Convenios Colectivos presentados;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a las previsiones del artículo 22 del Estatuto del Fondo de Ayuda Social para el Personal del Centro de Navegación y empresas asociadas (FAS) así como del artículo 41 del Decreto-Ley N° 14.407, de 22 de julio de 1975, en la redacción dada por el artículo 17 de la Ley N° 18.731, de 7 de enero de 2011 y del artículo 32 del Decreto N° 221/011, de 27 de junio de 2011;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Homológanse los convenios colectivos por los cuales el personal de las empresas GADUPAL S.A. (CEVA LOGISTICS URUGUAY), FRIGORÍFICO FRUTERO S.A., FACTORIL S.A. Y ORBIPLUS S.A. se incorporan al FONDO DE AYUDA SOCIAL PARA EL PERSONAL DEL CENTRO DE NAVEGACIÓN Y EMPRESAS ASOCIADAS (FAS). (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

2

   Regístrese ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial.

3

   Notifíquese, cumplido archívese.

   LACALLE POU LUIS - PABLO MIERES
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