AUTORIZACION DEL PROYECTO " URU/18/005 FORTALECIMIENTO DE LA UNIDAD DE ASESORAMIENTO Y MONITOREO DE POLITICAS DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA"




Promulgación: 06/08/2018
Publicación: 16/08/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el proyecto del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo "URU/18/005 Fortalecimiento de la Unidad de Asesoramiento y Monitoreo de Políticas de la Presidencia de la República";

   RESULTANDO: I) que el artículo 58 de la Ley N° 17.930 de 19 de diciembre de 2005 creó, dependiendo directamente de la Presidencia de la República, la "Unidad de Asesoramiento y Monitoreo de Políticas" con el cometido de asesorar al Presidente de la República en las áreas que éste determine y el seguimiento de las determinaciones políticas del Poder Ejecutivo, cuando éste así lo establezca.

   II) que el objetivo general del citado Proyecto es fortalecer a la Presidencia de la República y su Unidad de Asesoramiento y Monitoreo de Políticas que permita un asesoramiento de alto nivel para el seguimiento de las prioridades de gobierno y los compromisos asumidos con la ciudadanía;

   III) que el Proyecto se extenderá desde el mes de agosto de 2018 a diciembre de 2019, siendo su costo total de U$S 200.000 (dólares estadounidenses doscientos mil);

   CONSIDERANDO: I) que el diseño del Proyecto de referencia, se enmarca en el Marco Estratégico de Cooperación de las Naciones Unidas para el desarrollo en Uruguay 2016-2020 "se han fortalecido las capacidades del Estado para la generación de información; la planificación estratégica; el diseño, implementación, monitoreo y evaluación de políticas; promoviendo la transparencia de la gestión y avanzando en el proceso de descentralización mediante el fortalecimiento de los municipios y el fomento de la participación ciudadana" (Efecto 3.1). Asimismo, se vincula con el Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) 16: "Promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, facilitar el acceso a la justicia para todos y crear instituciones eficaces, responsables e inclusivas a todos los niveles" (Metas 16.6 y 16.10);

   II) que se ha recabado la intervención previa de la Contadora Auditora Destacada del Tribunal de Cuentas ante la Presidencia de la República;

   ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por la Ley N° 15.957 de 2 de junio de 1988, artículo 98 de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010 y demás normas concordantes;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Autorízase la firma del Proyecto "URU/18/005 Fortalecimiento de la Unidad de Asesoramiento y Monitoreo de Políticas de la Presidencia de la República", del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), (*) 
cuyo texto luce adjunto a la presente resolución, formando parte de la misma.

(*)Notas:
Ver: Texto de la Norma Internacional.

2

   Desígnase para la firma del referido Proyecto, al señor Secretario de la Presidencia de la República Dr. Miguel A. Toma y al señor Prosecretario de la Presidencia de la República, Dr. Juan A. Roballo en calidad de Presidente del Consejo Directivo de la Agencia Uruguaya de Cooperación Internacional.

3

   Autorízase la transferencia de la suma total de U$S 200.000 (dólares estadounidenses doscientos mil) a la cuenta Bancaria del PNUD- Banco BBVA, Casa Central: pesos uruguayos Cuenta N° 1218182 y dólares estadounidenses Cuenta N° 1216864.

4

   La erogación resultante será atendida con cargo al Inciso 02, Unidad Ejecutora 001, Programa 481, Objeto del Gasto 581, Financiamiento 1.1.

5

   Comuníquese, etc.

   TABARÉ VÁZQUEZ - RODOLFO NIN NOVOA
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