VISTO: las actuaciones cumplidas por la Comisión para la Paz creada por
Resolución Presidencial Nº 858/2000 del 9 de agosto de 2000, con el
objetivo de determinar la situación de los detenidos-desaparecidos, así
como de los menores desaparecidos en similares condiciones;
RESULTANDO: I) que la referida Comisión entregó el 30 de noviembre de
2002 su informe preliminar y en el día de la fecha su informe final;
II) que en los referidos informes se detallan las conclusiones a las que
arribó dicho Cuerpo sobre el destino de los ciudadanos denunciados como
detenidos-desaparecidos;
III) que dichas conclusiones son el resultado de trabajos cumplidos
durante más de 2 años y medio con especial dedicación y responsabilidad,
en los cuales se agotaron las instancias al alcance del citado Cuerpo
para dar respuestas a las interrogantes que justificaron su creación;
IV) que los trabajos de la Comisión contaron con la colaboración y apoyo
de numerosos organismos públicos y entidades del país y del exterior así
como también, en forma primordial, con la estrecha y valiosa ayuda que en
todo momento le brindó la Asociación de familiares de
detenidos-desaparecidos;
V) que dichas conclusiones confirman la gran mayoría de las denuncias
recibidas sobre situaciones ocurridas en nuestro país y buena parte de
las denuncias referidas a situaciones ocurridas en el exterior;
CONSIDERANDO: I) que las conclusiones de la Comisión para la Paz, atento
a la metodología y a los criterios de trabajo por ella aplicados, merecen
la mayor credibilidad y respeto;
II) que la jerarquía del trabajo de la Comisión para la Paz y la prudente
certeza que trasmiten sus conclusiones, coinciden con el objetivo inicial
y primario -atribuido a esa tarea- de consolidar la pacificación nacional
y sellar para siempre la paz entre los uruguayos;
III) que el aporte de la Comisión para la Paz, a más de dos décadas de
los dolorosos y trágicos episodios por ella referidos, permite dar
cumplimiento -finalmente- a una obligación ética insoslayable del Estado
uruguayo, brindando respuestas que no sólo están impuestas por razones
morales e institucionales sino que son también indispensables para
preservar, en su justo término, la memoria histórica de la Nación;
IV) que las conclusiones de la Comisión para la Paz en cuanto dan una
fundada respuesta a los delicados temas puestos a su consideración, deben
ser aceptadas y asumidas como versión oficial de los hechos por parte de
la Presidencia de la República;
ATENTO: a las razones expuestas y a lo dispuesto en los numerales 5 y 6
de la Resolución citada precedentemente;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Aceptar las conclusiones contenidas en el informe final elevado por la
Comisión para la Paz en el día de la fecha, asumiendo que esas
conclusiones constituyen la versión oficial sobre la situación de los
detenidos-desaparecidos.