INFRACCION TRIBUTARIA. TELECOMUNICACIONES. MONTECON S.A.




Promulgación: 06/05/2003
Publicación: 13/05/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2003
  •    Página: 945
                                                                          VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora de 
Servicios de Comunicaciones, solicita la aplicación de una multa de 40 
U.R., (cuarenta Unidades Reajustables) a la empresa "MONTECON S.A.", por 
la instalación y operación de estaciones concentradoras de tráfico en su 
sistema inalámbrico de transmisiones de datos sin contar con la previa 
autorización.-

RESULTANDO: que de los procedimientos inspectivos practicados surgió que 
la empresa "MONTECON S.A.", procedió a la instalación y operación de un 
sistema inalámbrico de transmisiones de datos sin la previa 
autorización.-

CONSIDERANDO: I) que corresponde sancionar a la empresa "MONTECON S.A.", 
por la falta cometida.-

II) que conferida a la administrada la vista reglamentaria prevista por 
el artículo 76 del Decreto 500/991 de 27 de setiembre de 1991, no 
compareció a su evacuación.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley 17.296 
de fecha 21 de febrero de 2001, a lo informado por la Unidad Reguladora 
de Servicios de Comunicaciones y por las Asesorías Letradas de dicha 
Unidad y del Ministerio de Defensa Nacional.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,                      
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 Aplícase a la empresa "MONTECON S.A.", una multa consistente en U.R. 40 
(cuarenta unidades reajustables) por la instalación y operación de 
estaciones concentradoras de tráfico en su sistema inalámbrico de 
transmisión de datos sin contar con la debida autorización.-

2

 Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de 
Comunicaciones, a sus efectos. Cumplido, archívese.-

BATLLE - YAMANDU FAU


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