INCORPORACION A LA FLOTA PESQUERA NACIONAL DE BUQUES. TANEL S.A.




Promulgación: 04/12/1987
Publicación: 25/01/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: la precedente gestión del Instituto Nacional de Pesca.
  
   Resultando: la firma Tanel S.A. (Industria Calamarera Uruguaya), presentó a estudio del referido Instituto un Proyecto de Inversión para la explotación del recurso "calamar", mediante la incorporación a la flota nacional de dos (2) buques pesqueros usados combinados para sistema de poteras (jiggins) y arrastré.

   Considerando; I) La explotación básica de dichas unidades pesqueras, por su especialidad, lo será el recurso "calamar" especie subexplotada por nuestro país;

   II) A los fines de dicha explotación, los buques a incorporar lo serán con sistema de poteras (jiggins), lo que constituye una experiencia muy interesante para evaluar sus resultados en nuestro mar territorial;

   III) Las mencionadas unidades no podrán realizar operaciones de pesca con "red de arrastre de fondo" en el mar territorial uruguayo;

   IV) El artículo 1° inciso 3° del decreto ley 15.590 de 6 de julio de 1984 autoriza la importación de unidades pesqueras no nuevas, libres de todo gravamen, atendiendo a la especialidad de la pesca a que se destinaren, exoneración genérica que es comprensiva del Impuesto Aduanero Unico a la Importación, la Tasa de Movilización de Bultos y las Tasas Consulares, procediendo asimismo la exoneración del recargo mínimo y correspondiendo la exoneración del Impuesto al Valor Agregado según el artículo 28 numeral 5° del decreto ley 14.948, de 7 de noviembre de 1979.

   Atento: a lo establecido en la ley 13.833, de 28 de diciembre de 1969, decreto ley 15.590 de 6 de julio de 1984, decreto reglamentario de la Ley de Pesca 711/971, de 28 de octubre de 1971, decreto 317/986, de 13 de junio de 1986, y al informe favorable de la Dirección de Asesoramiento Legal del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca,

   El Presidente de la República,

                             RESUELVE:

1

   Aprúebase el Proyecto de Inversión de la firma Tanel S.A. (Industria Calamarera Uruguaya), para la explotación -básicamente- del recurso "calamar" que por la especialidad de la pesca se desarrollará mediante la incorporación a la flota nacional de dos (2) buques pesqueros usados con sistemas de pesca combinados de "poteras" (jiggins) y arrastre.

SANGUINETTI - PEDRO BONINO GARMENDIA - ALBERTO RODRIGUEZ NIN - RICARDO ZERBINO CAVAJANI - HUGO M. MEDINA - JORGE SANGUINETTI - JORGE PRESNO HARAN
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