Exonérase en forma total a la empresa CH. M. RAJCHMAN y HNO. S. A., de
todo recargo incluso el mínimo, derechos y tasas consulares, Impuesto
Aduanero Unico a la Importación, Tasa de Movilización de Bultos y en
general, todo tributo cuya aplicación corresponda en ocasión de la
importación del siguiente equipamiento previsto en el proyecto y declarado
"no competitivo de la industria nacional":
- Una (1) Rama Secadora con accesorios y repuestos.
- Cuatro (4) Máquinas de teñir (Jiggers) con sus correspondientes
repuestos y accesorios.