AUTORIZACION PARA VENDER A TERCEROS DIVERSOS SERVICIOS. ASOCIACION ESPAÑOLA PRIMERA DE SOCORROS MUTUOS




Promulgación: 28/10/2011
Publicación: 17/11/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 1063
VISTO: la resolución Ministerial de 29 de agosto de 2007 (Interna No.
344/2007) dictada en ejercicio de las atribuciones delegadas;

RESULTANDO: I) que por la misma se autorizó a la Institución de Asistencia
Médica Colectiva "Asociación Española Primera de Socorros Mutuos" a vender
servicios a terceros;

II) que dicha autorización fue otorgada por un plazo de 3 (tres) años;

CONSIDERANDO: I) que habiendo vencido el plazo establecido, la citada
Institución solicita nuevamente autorización para vender determinados
servicios amparándose en la normativa vigente;

II) que la Dirección General de la Salud, las Divisiones Habilitación
Sanitaria, Economía de la Salud y la Dirección General del Sistema
Nacional Integrado de Salud, informan favorablemente al respecto;

ATENTO: a lo dispuesto y a lo establecido por el Artículo 14° del
Decreto-Ley No. 15.181 de 21 de agosto de 1981 y en el Texto Ordenado de
Delegación de Atribuciones del Poder Ejecutivo, resolución N° 13/993 de 12
de enero de 1993, Título XI;

                       EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA
                en ejercicio de las atribuciones delegadas

                                RESUELVE:

1

 Autorízase a la Institución de Asistencia Médica Colectiva "Asociación
Española Primera de Socorros Mutuos", a vender servicios a terceros, los
que se mencionan a continuación:
*     Laboratorio de Análisis Clínicos: incluye Laboratorio de Biología
Molecular;
*     Servicio de Imagenología que comprende los siguientes servicios:
     a) Resonancia Magnética
     b) Tomografía Computada
     c) Radiología: Arteriografías y mamografía
     d) Ecografías
     e) Ecodoppler
     f) Densitometría Ósea
*     Servicio de Osteoporosis
*     Servicios de columna: consulta, discografía lumbosacra, corsé de
yeso, Moire Fort, punción biópsica de vértebras bajo TAC.
*     Servicio de internación: Centro de Tratamiento Intensivo e
Intermedios de Adultos y Niños y Sector Hemato-Oncología.
*     Servicio de Hemodiálisis (Nefrología)
*     Block Quirúrgico que comprende:
     a) Cirugías cardíacas
     b) Prótesis de cadera y rodilla
     c) Artrosis de columna
     d) Artroscopías de rodilla
     e) Osteosíntesis
     f) Neurocirugía
     g) Uretrotomía
     h) Resección transuretal de vejiga y próstata
*     Servicio de Hemodinámica integrado por:
     a) Hemodinamia
     b) Angioplastia
     c) Implante de marcapaso
     d) Estudios de vasos de cuello
     e) Estudios electrofísiológicos
     f) Ablación por radiofrecuencia e implante de cardiodesfibrilador
*     Servicio de Medicina Preventiva: Carné de Salud Básico y Obligatorio
*     Servicio Oftalmología: Ecografía ocular y campimetría computarizada
*     Servicio de Urología: estudios urodinámicos, uretrocistografía
*     Servicio de Hemoterapia (Servicio de Medicina Transfucional) que
comprende:
     a) Plaquetoferesis
     b) Aferesis en general
     c) Irradiación con rayos gamma de hemocomponentes
     d) Recuperación de sangre del campo quirúrgico
*     Neurofisiología Clínica: Electroencefalogramas, estudios eléctrico
de miembros, polisomnografía y potenciales evocados.
*     Servicio de Cardiología con los siguientes estudios:
     a) Electrocardiograma
     b) Ergometría
     c) Holter
     d) Presurometrías y Test de Tilt
     e) Promediación de señales y variabilidad de frecuencias cardíaca
     f) Ecocardiograma
     g) Ecocardiograma con estrés
     h) Ecocardiograma transesofágico
     i) Ecocardiograma doppler
*     Servicio de Medicina Nuclear: Centellogramas
*     Servicio de Fertilidad: espermatograma, swim up, test postcoital,
fertilización in vitro, ICSI.
*     Otorrinolaringología: Fibroncospía y tratamientos con láser del
ronquido, apneas del sueño y amigdalotomía.
*     Fonoaudiología: logoaudiometría, audiograma, acufenometría
*     Neumología: funcional respiratorio

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 3 (vigencia).

JORGE VENEGAS
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