AUTORIZACION AL HOSPITAL EVANGELICO PARA VENDER SERVICIOS A TERCEROS




Promulgación: 18/08/2008
Publicación: 05/09/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 542
VISTO: la gestión promovida por la Institución de Asistencia Médica
Colectiva, Mutualista Hospital Evangélico;

RESULTANDO: I) que, solicita renovación para vender a terceros servicios
de: Internación simple, (Servicio moderado), CTI de Adultos y CTI de Niños
(Neonatal y Pediátrica);

II) que, dicha Institución se encuentra debidamente registrada en esta
Secretaría de Estado;

III) que, por Resolución Ministerial Nº 379 de 28 de diciembre de 2004
dictada en ejercicio de las atribuciones delegadas se autoriza
oportunamente, por un plazo de 3 (tres) años a vender a terceros los
servicios que se mencionan en la misma;

CONSIDERANDO: I) que, tal solicitud se encuentra comprendida en la
normativa vigente;

II) que, la Dirección General de la Salud, la División Servicios de Salud
y la Junta Nacional de Salud, no formulan objeciones al respecto;

ATENTO: a lo dispuesto en el Artículo 14º del Decreto Ley Nº 15.181 de 21
de agosto de 1981 y en el Texto Ordenado de Delegación de Atribuciones del
Poder Ejecutivo, Resolución Nº 13/993 de 12 de enero de 1993, Título XI y
lo establecido en el Decreto Nº 416/2002 de 29 de octubre de 2002;

                       LA MINISTRA DE SALUD PUBLICA
                en ejercicio de las atribuciones delegadas

                                RESUELVE:

1

 Autorízase a la Institución de Asistencia Médica Colectiva, Mutualista
Hospital Evangélico, la renovación para vender a terceros servicios de:
Internación simple, (Servicio moderado), CTI de Adultos y CTI de Niños
(Neonatal y Pediátrica).

2

 La referida autorización tiene un plazo de 3 (tres) años.

3

 Establécese que el Ministerio de Salud Pública se reserva el derecho de
realizar las inspecciones pertinentes y de verificar las habilitaciones de
acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Nº 416/2002 de 29 de octubre de
2002.

4

 Comuníquese. Tomen nota la Dirección General de la Salud, las Divisiones
Servicios de Salud y Economía de la Salud y la Junta Nacional de Salud.
Cumplido, archívese.

MARIA JULIA MUÑOZ
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