VISTO: la gestión promovida por la Institución de Asistencia Médica
Colectiva, Mutualista Hospital Evangélico;
RESULTANDO: I) que, solicita renovación para vender a terceros servicios
de: Internación simple, (Servicio moderado), CTI de Adultos y CTI de Niños
(Neonatal y Pediátrica);
II) que, dicha Institución se encuentra debidamente registrada en esta
Secretaría de Estado;
III) que, por Resolución Ministerial Nº 379 de 28 de diciembre de 2004
dictada en ejercicio de las atribuciones delegadas se autoriza
oportunamente, por un plazo de 3 (tres) años a vender a terceros los
servicios que se mencionan en la misma;
CONSIDERANDO: I) que, tal solicitud se encuentra comprendida en la
normativa vigente;
II) que, la Dirección General de la Salud, la División Servicios de Salud
y la Junta Nacional de Salud, no formulan objeciones al respecto;
ATENTO: a lo dispuesto en el Artículo 14º del Decreto Ley Nº 15.181 de 21
de agosto de 1981 y en el Texto Ordenado de Delegación de Atribuciones del
Poder Ejecutivo, Resolución Nº 13/993 de 12 de enero de 1993, Título XI y
lo establecido en el Decreto Nº 416/2002 de 29 de octubre de 2002;
LA MINISTRA DE SALUD PUBLICA
en ejercicio de las atribuciones delegadas
RESUELVE:
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Autorízase a la Institución de Asistencia Médica Colectiva, Mutualista
Hospital Evangélico, la renovación para vender a terceros servicios de:
Internación simple, (Servicio moderado), CTI de Adultos y CTI de Niños
(Neonatal y Pediátrica).