El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: La actualización de información del Instituto Universitario Francisco de Asís, correspondientes a los trienios 2006-2009 y 2009-2012, presentados ante esta Secretaría de Estado.
RESULTANDO: I) Dicha actualización incluye información relativa a los aspectos financieros-contables, institucionales, y a los académicos para las carreras de Licenciatura en Psicología (Plan 2002), Licenciatura en Administración y Dirección de Empresas (Plan 2001), Licenciatura en Turismo (Plan 2002), y Contador Público (Plan 2004).
II) Luego de los estudios correspondientes por parte del Área de Educación Superior, se sugiere dar por finalizada las actualizaciones correspondientes a los trienios 20062009 y 2009-2012 con el fin de dar seguimiento al desarrollo institucional mediante el proceso de actualización establecido en el artículo 17 del Decreto 104/014, correspondiente al año 2015.
CONSIDERANDO: I) El estudio de la actualización de información correspondiente al trienio 2006-2009 se realizó en forma conjunta con la actualización de información correspondiente al trienio 2009-2012.
II) Se ha realizado el análisis correspondiente por parte del AES de toda la documentación presentada para ambas actualizaciones, y que del informe de los aspectos económicos surge que "El Instituto estima que en el período 2014-2016 se obtengan fondos suficientes para hacer frente a sus obligaciones. A pesar de esta estimación y en base a la información analizada en este informe, surgen contradicciones entre la información presentada y los criterios aplicados para realizar la estimación no son claros. En base a lo anterior y teniendo en cuenta que en el presente año la Institución debe actualizar la información nuevamente ante el Ministerio de Educación y Cultura (que incluye los ejercicios 2012, 2013 y 2014), se propone cerrar las actualizaciones 2006 y 2012. Se le recomienda que la Institución presente los balances contables completos del año 2012, 2013 y 2014 confeccionados de acuerdo a la normativa vigente. En lo que respecta a la proyección, el Instituto debe presentar un flujo de fondos para el período 2015 a 2019 utilizando el criterio de efectivo. Se deben detallar específicamente los supuestos utilizados incluyendo cantidad de alumnos por carrera y por año."
III) Que el Área de Educación Superior entiende que la actualización de información correspondiente al trienio 2012-2015 deberá dar especial seguimiento a los aspectos contables, y al personal docente de cada una de las carreras verificando los CV completos de cada uno de los docentes nuevos, y constatando que el plantel docente de cada carrera reconocida cumpla con los requisitos definidos en el artículo 15 del Decreto 104/014.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el Decreto 308/995 de 11 de agosto de 1995 y sus modificativos y Decreto 309/002 de 9 de agosto de 2002, y a la Resolución Ministerial 748/14 de 7 de agosto de 2014.
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
en ejercicio de atribuciones delegadas
RESUELVE:
TÉNGASE presente y por cumplida la obligación de actualización de información dispuesta por el artículo 15 del Decreto 308/995, presentada por el Instituto Universitario Francisco de Asís, correspondiente a los períodos comprendidos entre los años 2006-2009 y 2009-2012 para los aspectos institucionales y para las carreras que se detallan a continuación: Licenciatura en Psicología (Plan 2002), Licenciatura en Administración y Dirección de Empresas (Plan 2001), Licenciatura en Turismo (Plan 2002), y Contador Público (Plan 2004).
ESTABLÉCESE que el estudio que realice el Área de Educación Superior de la Actualización de Información que deberá presentar el I.U. Francisco de Asís en el año 2015, deberá dar especial seguimiento a los aspectos económicos, y al personal docente de cada una de las carreras.